Esta norma establece los requisitos generales que cumplirán los sistemas de ventilación natural (SVN) en los locales de trabajo en los cuales se realicen actividades laborales de for-ma permanente o temporal.
La norma será aplicable a las obras de nueva construcción, mo-dificación y ampliación
Esta norma no es aplicable en trabajos mineros bajo tierra, en trabajos que se realicen a cielo abierto en yacimientos y cante-ras, en medios de transporte y en edificios y locales de desig-nación especial, en los cuales se produzcan, almacenen o utili-cen explosivos y municiones.