Esta norma especifica un método para calcular el desplazamiento permanente del umbral inducido por el ruido, que se espera que se produzca en los niveles umbrales de audición de una población de personas adultas, como consecuencia de la exposición a ruidos de distintos niveles y duraciones; proporciona la base para calcular el déficit auditivo según diversas fórmulas, cuando los niveles umbrales de audición, medidos en las frecuencias audiométricas usuales o en combinaciones de estas frecuencias, sobrepasan un cierto va-lor.
NOTA- Esta norma no especifica las frecuencias, combinaciones de frecuencias o combinaciones ponderadas que deben utilizarse para evaluar el déficit auditivo; tampoco especifica el nivel umbral de audición ("límite") que debe sobrepasarse para que exista un déficit auditivo. La selección cuantitativa de dichos parámetros se deja a la discreción del usuario. Todos los niveles de presión acústica especificados en esta norma no tienen en cuenta el efecto de los protectores auditivos que reducirían los niveles efectivos de exposición en el oído.