2.1. Las prescripciones de esta norma se aplicarán cuando se trate del análisis de los elementos o compuestos que normalmente se encuentran en el agua.
2.2. Sin embargo en los casos que requieren precauciones especiales habrá que alterar a veces el procedimiento general indicado en esta norma. Estas precauciones especiales se indicarán junto con las prescripciones para el método de análisis respectivo.
2.3. El procedimiento varía según el origen del agua, su destino y las determinaciones particulares solicitadas por los interesados.