3.1 Designación de los buques. Para los fines de esta norma, los buques de carga y buques de pasaje, se designarán como se indica a continuación.
3.1.1 Buques A). Son los buques de carga o buques de pasaje que transportan a lo sumo 25 pasajeros o 1 pasajero por cada 3 m de eslora.
3.1.2 Buques B). Son los otros buques de pasaje.
3.2 Designación de las etiquetas. Para los fines de esta norma, las etiquetas para mercancías peligrosas que se des-criben en la norma UNE 49 802 h1, se designarán con los números que se indican a continuación.
1 Explosivo
2.1 Gas comprimido no inflamable
2.2 Gas inflamable
2.3 Gas venenoso
3 Liquido inflamable
4.1 Sólido inflamable
4.2 Espontáneamente inflamable
4.3 Peligroso en agua
5.1 Agente oxidante
5.2 Peróxido orgánico 6 Veneno
7.1 Sustancia radiactiva I
7.2 Sustancia radiactiva II
7.3 Sustancia radiactiva III 8 Corrosivo