La presente norma tiene por objeto determinar el procedimiento a seguir para la ejecución de las pruebas de ajuste y equilibrado de los sistemas de climatización, una vez que las instalaciones hayan sido totalmen-te acabadas y se hayan realizado las pruebas de estanquidad de las redes de distribución de los fluidos calo-portadores, según se indica en las normas UNE 100-104 y UNE 100-151.
Se exluye de esta norma el ajuste del sistema de control, que habrá sido efectuado con anterioridad a estas pruebas.
Igualmente, se excluyen las pruebas referentes a las prestaciones térmicas de los subsistemas que forman parte de la instalación y de las centrales de producción de frió y calor, que se efectuarán después de estas pruebas.
Esta norma es aplicable a las instalaciones de climatización destinadas al bienestar de las personas.