La presente norma europea da las recomendaciones para los procedimientos de protección contra la co-rrosión después de la fabricación de los candelabros de alumbrado público. Se aplica a las columnas rec-tas de una altura nominal ≤ 20 m y a los candelabros con brazo de altura nominal ≤ 18 m.
El procedimiento de protección a emplear deberá ser objeto de un acuerdo entre el comprador y el provee-dor. En esta norma no se describen cierto número de procedimientos, de los que hay todavía algunos en estudio. Su exclusión no significa que no sean apropiados para los candelabros. Cualquier procedi-miento suplementario de protección contra la corrosión que dependa, por ejemplo del lugar de coloca-ción, queda fuera del campo de aplicación de esta norma.